En el Departamento de Adopción del Instituto Nacional del Niño y el Adolescente del Uruguay (INAU) se establecen una serie de condiciones que las parejas interesadas deben tener para poder adoptar niños.
Pueden adoptar personas solas, o parejas en concubinato o unidas por el matrimonio. Se le suele dar prioridad a las parejas. Según este requisito, también podrían optar por la adopción las parejas homosexuales, pero no ha sucedido aún y no queda del todo claro si otros requisitos posteriores lo descartan.
La solvencia económica es también definitoria para poder llevar adelante la crianza de un niño.
Hay otros factores que se tienen en cuenta: los padres adoptivos deben vivir en un ambiente sano, decoroso y que cuente con un espacio que pueda albergar a un niño. Los padres deberán haber "hecho el duelo" de la imposibilidad de engendrar una vida en aquellos casos que así se considere.
Y deberán demostrar el deseo real de adoptar a un hijo ajeno y capacidad para comprender su historia y aceptar sus antecedentes. Deben reconocer el derecho del niño a saber sobre su condición de adoptado y aceptar hablar con el niño de sus orígenes así como las características que el niño pueda llegar a tener.
Fuente: El País, 20/7/2008, “Inau: Adopción demora por procesos y falta de bebés”, http://www.elpais.com.uy/08/07/20/pnacio_358852.asp